lunes, 25 de mayo de 2015

Código Ético

Este documento recoge un código de prácticas y acciones concretas que las personas que ocupen cargos electos y de libre designación deberán cumplir para asegurar una gestión política comprometida y cercana a la ciudadanía, con mecanismos eficaces de transparencia y rendición de cuentas, democráticos y populares, y con espacios reales de participación y decisión de la ciudadanía en los asuntos públicos.
Ética y política, tal como vemos en la práctica más habitual, parece que no pueden ir juntos en la misma frase. Sin embargo, nosotros pensamos que no solo se pueden, sino que se deben conjugar para dar su verdadero significado a los cargos electos.
Las personas que ocupen cargos públicos bajo el mandato de este código de ética política, se comprometen también a impulsar los instrumentos y mecanismos legales necesarios para que estos principios éticos se conviertan en norma obligatoria para todos en la administración municipal.
Todas estas personas se comprometen a:
Defender la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los ámbitos social, político e institucional de nuestra sociedad.
1.- Gobernar obedeciendo:
1.1.- Defender lo establecido en el programa político de la candidatura y actuar como representantes, obligados a seguir las decisiones tomadas en los mecanismos democráticos y abiertos a toda la población que fije la candidatura, promoviendo la corresponsabilidad política de todos y todas.

1.2.- Situar a las personas como centro de nuestra actividad política, priorizando los objetivos sociales, la cultura, la educación, la salud y el medio ambiente.
1.3.- No discriminar a nadie ni actuar de manera arbitraria, debatiendo con honestidad y respeto cualquier opinión o parecer.
1.4.- Asumir las responsabilidades legales y morales que tiene el desempeño de un cargo público, entendiendo este como un servicio a la ciudadanía.
1.5. Establecer un sueldo máximo, que será expresión de austeridad en la gestión del dinero público. Esta retribución tiene que garantizar unas condiciones dignas para ejercer las responsabilidades y funciones que suponen el cargo asumido.
1.6.- No duplicar sueldos ni cobrar remuneraciones extras para asistir a reuniones.
1.7.- Limitar su mandato a dos legislaturas consecutivas, excepcionalmente prorrogable a un mandato más siempre que se dé un proceso de discusión y validación ciudadana.
2.- Transparencia:
2.1.- Trabajar para conseguir una administración transparente y ágil que facilite el acceso de los ciudadanos a las informaciones que consten en poder del cargo público, cuando sean de interés para la defensa de sus derechos y libertades.
2.2.- Facilitar todos los ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales de los representantes, así como todos aquellos datos necesarios para la detección de posibles conflictos de intereses y la elaboración de auditorías ciudadanas.
2.3.- Hacer públicos los criterios de contratación de las empresas que prestan servicios en el ayuntamiento, así como los cargos de libre designación, si hiciera falta. Habrá que analizar ben a quien y para qué se contrata, siempre respondiendo a necesidades.
2.4.- Rendir cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, mediante instrumentos presenciales y virtuales, asamblearios, democráticos y abiertos.
2.5.- Aceptar la critica (y revocación, en su caso) de concejales/as y cargos de libre designación por mala gestión o por incumplimiento flagrante y no justificado del programa. Para que esto sea posible, se establecerán mecanismos de garantía y evaluación de la gestión de las personas con cargos públicos de la candidatura, y la ciudadanía tendrá el derecho y el deber de participar activamente en el control y seguimiento de la labor de los cargos públicos para garantizar una correcta y honesta aplicación de este principio.

3.- Tolerancia 0 con la corrupción:
3.1.- Renunciar a los regalos y privilegios que se les puedan ofrecer por su condición y que puedan significar un trato de favor.
3.2.- No duplicar cargos en las instituciones, salvo aquellos vinculados a su condición de concejal/a. Regulación estricta de las incompatibilidades durante el ejercicio de los cargos públicos.
3.3.- Nada de puertas giratorias. No acceder durante un periodo, mínimo de 5 años, a cargos de responsabilidad en empresas creadas, reguladas, supervisadas, o que hayan sido beneficiarias de un contrato municipal, dentro del ámbito y/o sector donde ha desarrollado su función representativa. En ningún caso se ocuparán cargos en los consejos de administración de estas.
3.4.- No contratar con ninguna empresa que este participada por personas imputadas o condenadas por alguno de los supuestos anteriores.
3.5.- No contratar servicios de empresas que operen o tengan sedes en paraísos fiscales.
3.6.- Compromiso de renuncia o cese de forma inmediata de todos los cargos, ante la imputación por la judicatura de delitos relacionados con corrupción, prevaricación con ánimo de lucro, tráfico de influencias, enriquecimiento injusto con recursos públicos o privados, cohecho, malversación y apropiación de fondos públicos, bien sea por interés propio o para favorecer a terceras personas. Así como también en casos de acusación judicial por delitos de racismo, xenofobia, violencia de género, homofobia u otros delitos contra los DD. HH. o los derechos de las personas trabajadoras.
3.7.- Eliminación de la inmunidad asociada al cargo en lo relativo a los delitos de corrupción y eliminación de la prescripción de los mismos (habría que buscar la forma de encajar este punto en el 2.6).
3.8.- Medidas contra el transfuguismo, por ello Irabazi no admitirá en sus listas  a ningún miembro integrado en la candidatura de otra formación.

4.- Participación:
4.1.- Hacer públicas las agendas de los representantes, para hacer visible con quién se reúnen y los temas que se tratan. Se harán públicos también las órdenes del día y las actas de las reuniones. Control estricto del absentismo de los cargos electos en sus respectivas responsabilidades. Sanciones especificas por dejación de funciones.

4.2.- Mantener un contacto habitual con colectivos en situación de vulnerabilidad, garantizar el espacio necesario en sus agendas para atenderlos y dar respuestas a sus propuestas, y tener presentes a la hora de tomar decisiones los informes de las personas de la administración que trabajan con estos colectivos.
4.3.- Dar la palabra a las y los vecinos, escuchar sus necesidades.
4.4.- Promover y ayudar el trabajo de las asociaciones; que sientan que el ayuntamiento es su casa y se favorezca la creación de un tejido social.
4.5.- Horarios asequibles a la ciudadanía. Si la labor del ayuntamiento está a servicio de las y los vecinos, los horarios tienen que amoldarse a la realidad de los mismos. Se tiene que acceder con más facilidad a los servicios municipales.

Sabiendo que lo que aquí se propone va más allá de lo que la ley exige, este compromiso de ética política parte de la confianza y el compromiso de las personas que lo firman. Al mismo tiempo, quiere ser un mecanismo de apoyo, supervisión y control a su tarea. La misma metodología, trasparente y participativa, que utilizamos en la elaboración de programa, tiene que ser la que oriente la forma de gobernar al servicio de la ciudadanía.

Los principios recogidos en este código ético comprometen a todas las personas de la candidatura que ocupen cargos electos y de libre designación, tanto del Ayuntamiento de Barakaldo como de las otras instituciones —públicas y semipúblicas— donde el Ayuntamiento tiene participación financiera, y en los espacios de toma de decisiones.

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